OBSERVACIÓN DE LAS ELECCIONES COMUNALES DE JUNIO DE 2009
De conformidad con el preámbulo de la Constitución que afirma el compromiso del Reino de Marruecos con los derechos humanos universalmente reconocidos y Convencido del papel de vigilancia y promoción de la cultura democrática, el Consejo Consultivo de los Derechos humanos tiene como proyecto comprometerse como institución nacional en la observación del desarrollo de las elecciones comunales de junio 2009 para consolidar la transición democrática de nuestro país.1. Justificación
La observación imparcial de las elecciones constituye hoy en día un componente determinante de los principales mecanismos que permiten garantizar elecciones libres y transparentes, y por consiguiente, garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos. La Declaración universal de los derechos humanos reconoce el derecho de los ciudadanos a participar directamente en la administración de los asuntos públicos de su país o por el intermediario de representantes libremente elegidos. Así pues, el artículo 21 de la Declaración universal estipula que: “la voluntad del pueblo es el fundamento de la autoridad de los poderes públicos; esta voluntad debe expresarse por elecciones honestas, que deben tener lugar periódicamente, por sufragio universal igual y voto secreto o según un procedimiento equivalente que garantiza la libertad del voto. »
Además, la Constitución del Marruecos dicta que : “Consciente de la necesidad de inscribir su acción en el marco de los organismos internacionales, de los cuales es miembro activo y dinámico, el Reino del Marruecos suscribe a los principios, derechos y obligaciones derivados de las cartas de dichos organismos y reafirma su compromiso en pro de los Derechos humanos tal y como son universalmente reconocidos .”
II objetivo global
La operación proyecta la observación del proceso electoral en respecto de la transparencia, la democracia y la libre elección y esto de conformidad con las normas internacionales y el preámbulo de la constitución marroquí.
III objetivos específicos
Analizar el marco jurídico haciendo hincapié en los nuevos hechos (Carta comunal, Código de las elecciones, textos de aplicación, reparto electoral etc);
Observar las diferentes etapas del proceso electoral a escala de 28 provincias además de la ciudad de Marrakech;
Analizar los resultados de la observación y elaborar un informe sobre el desarrollo de las etapas del proceso electoral;
Emitir conclusiones y recomendaciones.
1. Municipios concernidos por la observación directa del CCDH
Parámetros tenidos en cuenta en el muestreo
Los parámetros del muestreo se declinan como sigue:
- Parámetros generales:
• El perímetro geográfico de la muestra de los municipios elegidos para la observación corresponde a la jurisdicción de las oficinas regionales del CCDH, excepto la ciudad de Marrakech;
• Por razones administrativas y demográficas, el municipio cabeza de provincia de provincia fue seleccionado en la muestra.
• Las variables siguientes se tomaron en cuenta:
1. El tipo de municipio (urbano, rural, comunes urbanas sometidas al régimen de distritos);
2. El método de escrutinio (uninominal, lista), se prestó también una atención especial al carácter del método de escrutinio en los municipios sujetos al escrutinio uninominal (carácter debido a la lista complementaria);
• El análisis género se utilizará de manera transversal en todos los aspectos vinculados al proceso electoral.
- Parámetros específicos
Además de los parámetros generales previamente mencionados, se tuvieron en cuenta algunos parámetros más específicos en la constitución de la muestra. Cada parámetro específico tiene como objetivo probar la validez de algunas hipótesis vinculadas al acceso a los derechos cívicos y a la aplicación de las nuevas disposiciones del código electoral. Así pues, se han retenido en la muestra:
Municipios situados en superficies de nomadismo con el fin de evaluar el impacto de nuevas disposiciones relativas a la inscripción en los padrones electorales en dichos municipios;
Municipios que tienen la tasa de pobreza más elevada en tres provincias, con el fin de analizar el fenómeno/ principio de interdependencia de los derechos políticos, económicos y sociales;
Municipios que viven experiencias de planificación participativa a nivel local
1. Municipio que registra tipos significativos de abstención en las últimas elecciones legislativas, a fin analizar la evolución del comportamiento electoral;
Municipios caracterizados por su diversidad cultural con el fin de probar el impacto de este elemento sobre el ejercicio de los distintos aspectos del derecho electoral (inscripción, candidatura, voto, acceso al ejecutivo comunal…) ;
Municipios caracterizados por actividades económicas específicas que implican una fuerte movilidad de la población activa (pueblos pesqueros, migración interna). Este parámetro específico se retiene para probar el impacto de esta situación sobre el ejercicio de los derechos electorales por la población implicada en estas actividades ;
Municipios caracterizados por su acceso difícil con el fin de probar el impacto de este reparto en las modalidades de ejercicio del derecho de voto ;
Municipios que registran elevados tipos de recurso para tribunales en el marco del contencioso electoral (decisiones de la comisión de juicio, candidatura, resultados de las elecciones) ;
Municipios elegidos:
Sobre la base de lo que precede los siguientes municipios han sido retenidos retuvieron:
La elección de los observadores se basó en los siguientes criterios:
La posesión de una experiencia en el ámbito de la observación;
La credibilidad y la objetividad;
Una formación superior y/o conocimiento suficiente de la provincia en cuestión y lo que está en juego electoral;
La disponibilidad durante el período de la observación;
En total se comprometieron 119 observadores.
Para consolidar aún más sus capacidades, los formadores elegidos beneficiaron de una formación de tres días